top of page
En los animalarios que dependen de universidades hay unas pautas de comportamiento regidas por una normativa europea y su correspondiente Real Decreto.
El objeto de este real decreto es establecer las normas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.
Su finalidad es asegurar dicha protección y, en particular, que a los animales utilizados se les concedan los cuidados adecuados; que no se les cause innecesariamente dolor, sufrimiento, angustia o lesión prolongados; y que se evite toda duplicación inútil tanto  de procedimientos como  el número de animales utilizados en esos procedimientos.
De este modo, cuando un departamento de investigación requiere el uso de alguna especie animal debe presentar una memoria al comité ético correspondiente en el que debe figurar una lista de informaciones que ayuden a valorar la utilidad de dicho experimento. Así, es imprescindible determinar el objetivo que dicha investigación persigue, cuántos animales se van a utilizar, quién va a trabajar con ellos, si se va a utilizar anestesia y el método de sacrificio. De este modo el comité puede valorar si el objetivo de dicha investigación puede alcanzarse por otros métodos alternativos, o por el contrario, es imprescindible el animal de laboratorio.
En cuanto a las condiciones de mantenimiento de los animales, las directivas europeas y el Real Decreto nombrado anteriormente establece de forma concreta el hábitat de cada animal. Es obligatorio respetar los ciclos de noche y día, las dietas alimenticias, la temperatura y humedad adecuada, así como el número de animales por estabulario para evitar la acumulación.
                 
Respecto a la procedencia de los animales, según el Decreto Ley, los centros sólo podrán obtener animales a partir de centros de cría o de centros suministradores, a no ser que el animal haya sido legalmente importado y no sea salvaje o vagabundo, salvo autorización expresa de la autoridad competente.
Algunos centros de investigación tienen sus propias instalaciones de cría,pero la mayoría de los animales de investigación son críados expresamente por empresas comerciales especializadas en proveer animales para la vivisección.
Pese a la gran cantidad de leyes y normas que rigen y controlan estrictamente la procedencia de los animales, muchos de los primates utilizados para la vivisección por todo el mundo, como los macacos y los babuinos, son capturados de su estado salvaje o criados en cautiverio en países como Mauricio, Barbados, Indonesia, Filipinas, Tanzania y China.

Leyes y normas

En este enlace os dejamos las preguntas del cuestionario referidas a las leyes y normas.

bottom of page